¿Qué es una ONG?

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Las Organizaciones No Gubernamentales ( ONGs) son organizaciones que ejecutan principalmente acciones de apoyo al desarrollo nacional y/o ejecutan proyectos de interés social.

Caracteriza a las ONGs el ser organizaciones privadas, no estatales y sin fines de lucro.

En el Perú las personas jurídicas sin fines de lucro se encuentran básicamente reguladas por el Código Civil,

Las personas jurídicas privadas de finalidad no lucrativa reguladas en el Código Civil son la asociación, la fundación y el comité; de las cuales las más utilizadas para constituir una ONG son las dos primeras.

Es decir, que cuando se quiera constituir una ONG en el Perú, para efectos legales, hablaremos de constituir una asociación o fundación.

Siendo la asociación la figura más utilizada en el Perú para constituir una ONG.

La Asociación

caracteriza a las asociaciones: Pluralidad de personas: esto es, dos o más miembros, que pueden ser personas naturales (físicas) o jurídicas, o ambas a la vez; entre las cuales se desarrolla un vínculo asociativo. Tener como objeto social una actividad en común: la legislación peruana no exige que el objeto social deba ser de interés social o utilidad pública, pudiendo ser de mutuo interés o beneficio propio de los miembros, siempre y cuando tenga finalidad no lucrativa

Un club de recreo o esparcimiento, un gremio que agrupe empresarios; así como una organización de defensa de derechos humanos o una ONG pueden constituirse formalmente, en el Perú, bajo la figura de la asociación.

Los asociados no buscan un beneficio o enriquecimiento patrimonial, a través del reparto de utilidades u otra forma de aprovechamiento patrimonial, sino el desarrollo de la actividad común a desarrollar a través de la asociación.

Para acceder al Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) Receptoras de Cooperación Técnica Internacional, a cargo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), el Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional (Decreto Legislativo N° 719) establece que en dicho Registro se inscriben las personas jurídicas sin fines de lucro y que tengan como finalidad la realización de acciones de desarrollo que involucran cooperación técnica internacional.

Si desea formalizar una ONG no dude en ponerse en contactos con nuestro staff de abogados que lo orientaran en todo el proceso.